La licitación pública es un procedimiento administrativo (una serie de Actos Jurídicos) tendiente a elegir la mejor oferta, para los Contratos Administrativos.
Se basa en los siguientes principios:
- Concurrencia: toda persona en condiciones puede presentar su propuesta.
- Publicidad: es de carácter público. Se publicita en diarios y en el Boletín Oficial.
- Igualdad: de pliegos y oferentes. No puede haber preferencias.
- Transparencia: se muestra con claridad el uso de fondos y la decisión de ofertantes.
Las garantías (en dinero o fianzas) que los ofertantes aportan para avalar sus ofertas pueden ser:
- De mantenimiento de la oferta: se devuelve al no ser elegido o una vez ejecutado el contrato.
- De cumplimiento del contrato: se devuelve al terminar el contrato.
Etapas:
- Interna o de preparación.
- Llamado a licitación.
- El perfeccionamiento del contrato.
- Ejecución del contrato.
Etapa Interna o de Preparación
El Estado Argentino analiza la necesidad pública y estudia si tiene los fondos para obtener esa necesidad. Se confecciona y aprueba el pliego de condiciones especificando obra o servicio, normas, efectos, el sistema de pago, el plazo, garantías, etc.
Los pliegos son “la Ley de la licitación”, deben cumplirse y no pueden modificarse. Se suelen vender. El pliego puede ser:
- General: disposiciones aplicables a todos los Contratos.
- Particular: especificaciones de un contrato en particular.
Llamado a Licitación
La Administración invita a ofertar.
La invitación se publica de forma clara en diarios de alcance masivo. Los oferentes presentan sus propuestas: secretas, por escrito, en idioma nacional, y sobre cenado. Las ofertas se presentan en tiempo y forma (según el pliego) y no se pueden retirar. Puede haber:
- Ofertas alternativas: cumplen especificaciones técnicas. Puede haber distintos precios.
- Ofertas variantes: modifican especificaciones técnicas y ofrecen una solución con mejoras.
Luego, se abren los sobres y se comparan las ofertas frente a un escribano público. Se leen en voz alta todas las ofertas, y se labra acta.
Finalmente, se adjudica: la Administración decide cuál oferta es la más conveniente. Si el contrato es complejo, una Comisión puede hacer una pre-adjudicación. Si el contrato es simple, se hace en forma directa.
Si nadie se presenta, la licitación fracasa. Para presentarse, es inadmisible la oferta que:
- No esté firmada.
- Esté escrita con lápiz.
- No tenga garantías exigidas en el pliego.
- Es hecha por inhabilitados o incapaces.
- Tenga condicionamientos, raspaduras, o contradicciones.
Perfeccionamiento del Contrato
En esta tercera etapa se notifica la aprobación y adjudicación. Se redacta y firma el contrato.
Ejecución del Contrato
Los adjudicatarios cumplen en forma, plazo o fecha y lugar.