Charla del abogado Federico Valdés.

El sistema de derechos de propiedad intelectual nos ofrece seguridad para explotar mercado y ofrece seguridad a nuestros inversores.

El valor de los activos intangibles compone la mayor parte del valor de las empresas actuales. La PI tiene fundamentos jurídicos:

  • Objetivo: ¿Qué protege cada categoría jurídica?
  • Subjetivo: ¿Quién es el titular de ese derecho?
  • Formal: ¿Qué tengo que hacer para que nazca ese derecho?

Los derechos de PI nos otorgan un monopolio sobre nuestro mercado. Esto es un incentivo para nuestros investigadores.

Una patente pide novedad mundial, aptitud inventiva y aplicación industrial. También tiene costos anuales. Otorga un monopolio por 20 años a cambio de compartir el conocimiento, evitando así el secreto industrial.

Los modelos de utilidad no piden aptitud inventiva, y sirven para mejoras incrementales. Duran 10 años y son fáciles de obtener.

Una protección de diseño industrial se puede conseguir en 7 días. Ofrecen una rápida ventaja competitiva. Así, pueden surgir oportunidades de negocio rentables. Se puede proteger partes de un diseño, símbolos gráficos, patrones de superficie, etc.

Las marcas son todo aquello que tiene una aptitud distintiva. Ofrecen una protección muy fuerte y que se puede renovar. Hay marcas colectivas, marcas de certificación, marcas de agregado de valor, etc.

La denominación de origen protege productos vinculados a un territorio (ejemplos: champagne, tequila, cordero patagónico, etc).

La información confidencial (secreto industrial) debe ser:

  • Valiosa comercialmente.
  • Conocida por un número pequeño de personas.
  • Protegida por medidas razonables.

Los derechos de autor se usan para proteger obras literarias, canciones, etc. También aplica al software y es muy barato de hacer. Nos protege del plagio del código fuente. Nos permite autorizar o prohibir la reproducción de nuestra obra.

En PI, gana el que primero entra al sistema de derechos.