La forma federal del Estado Argentino descentraliza territorialmente al poder en entidades políticas autónomas e independientes una de otra, pero que delegan la soberanía en un gobierno central.
Hay un Gobierno Central (federal) con Gobiernos Provinciales (locales).
Las Provincias son las unidades políticas que componen nuestra federación. En Argentina, son autónomas (dictan sus propias leyes) pero no son soberanas (no hacen el ejercicio del poder en forma suprema).
Cada provincia dicta su propia constitución, pero debido a la Supremacía Constitucional, tiene la siguiente relación con el Estado Federal:
- Subordinación: deben ajustarse a las leyes federales.
- Participación: obligación de colaborar (mediante el senado).
- Coordinación: hay un reparto de competencias.
El régimen municipal establece que un Municipio es una persona de Derecho Público constituida por una comunidad asentada en un territorio que administra sus propios intereses y que depende de una entidad pública superior.
La intervención federal es un acto a través del cual el gobierno federal protege la integridad, autonomía, y subsistencia de las provincias ante situaciones anormales que ellas no pueden resolver solas. Causales de intervención, mediantes las cuales el congreso puede declarar una intervención:
- Garantizar la forma republicana.
- Repeler invasiones exteriores.
- Sostener a las autoridades en caso de sedición.
- Sostener a las autoridades si otra provincia invade.
El interventor no puede suprimir la autonomía de la provincia, es decir, debe respetar la Constitución Provincial.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) es un caso especial. Tiene un gobierno autónomo asentado sobre los 3 poderes y tiene la atribución para dictar su propio Estatuto Organizativo, que vendría a ser la Constitución de CABA. Su poder:
- Ejecutivo: es ejercido por el Jefe de Gobierno.
- Judicial: la autoridad máxima es el Tribunal Superior de Justicia.
- Legislativo: tienen una Legislatura Unicameral con 60 diputados cuyos cargos duran 4 años.